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Sanciones a proveedores

 

 


La Secretaría de la Función Publica puede inhabilitar temporalmente a los licitantes que violen u omitan ciertos criterios establecidos en la Ley de Adquisiciones, dichos criterios se enumeran a continuación:

1.- Licitantes que injustificadamente no formalicen dos o más contratos que les haya adjudicado cualquier dependencia o entidad en un plazo de dos años calendario.


2.- Proveedores a los que se les haya rescindido administrativamente un contrato en dos o más dependencias, en tres años.


3.- Los que no cumplan con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que causen daños y perjuicios a la dependencia o entidad contratante o que entreguen bienes o servicios distintos a los convenidos.


4.- Los proveedores que proporciones información falsa o que actúen con dolo o mala fe en algún proceso licitatorio.


5.- Los que contraten servicios de asesoría en materia de contrataciones gubernamentales, si se comprueba que todo o parte del pago por dichos servicios son recibidos por servidores publicos.


6.- Si se promueve una inconformidad con la finalidad de retrasar o entorpecer la contratación de una licitacion.



La inhabilitación que se imponga no puede ser menor a tres meses ni mayor a cinco años, el plazo comienza a contarse a partir del día siguiente en que la Secretaría de la Función Publica publique en el Diario Oficial de la Federación dicha resolución. 

 



EL PROCEDIMIENTO DE INHABILITACIÓN

 

 


Las dependencias y entidades a los quince días siguientes a la fecha en que se tenga conocimiento de la infracción, remiten a la autoridad responsable la documentación comprobatoria de los hechos que se presumen constituyen una infracción.

El área de responsabilidades crea un expediente en el cual deben de darle audiencia al licitante que ha cometido la infracción para que conteste lo que le corresponde y que aporte las pruebas para invalidar dicha investigación.

 

¿Cuáles son las soluciones para la inhabilitación?


La determinación de la contraloría de inhabilitar al proveedor por ningún motivo es definitiva, existen medios legales ante autoridades administrativas y autoridades judiciales (estatales y federales). Para defender los intereses de la empresa frente a una sanción administrativa.

 

 

 

 

 

 



 

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